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julio 27, 2026

Funciones

El Congreso de la República es el órgano representativo de la nación y tiene como funciones principales la representación de la nación, la dación de leyes, la permanente fiscalización y control político, orientados al desarrollo económico, político y social del país, así como la eventual reforma de la Constitución y otras funciones especiales. Las atribuciones específicas de cada cámara se regulan en sus respectivos reglamentos.

Función legislativa

La función legislativa comprende la presentación de la proposición legislativa, el debate de reformas a la Constitución Política del Perú, el debate de leyes, de resoluciones legislativas y de resoluciones legislativas del Congreso, y su aprobación, así como la interpretación, modificación y derogación de estas, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la Constitución Política del Perú, en el presente reglamento y en el reglamento de cada cámara.  Los pedidos de declaraciones de necesidad pública o interés nacional se tramitan como mociones de orden del día en la Cámara de Diputados, sin revisión del Senado. Los proyectos de ley de alto interés público o de necesidad pública a los que se refieren los artículos 60 y 70 de la Constitución Política del Perú se tramitan por la vía del procedimiento legislativo ordinario.

Función de control político

La función de control político comprende la concurrencia del Consejo de Ministros o del ministro, la invitación a los ministros para informar, la interpelación, la presentación de los ministros ante el Congreso o ante sus cámaras por propia iniciativa, la estación de preguntas, la cuestión de confianza, la moción de censura, el control político sobre los actos normativos del Poder Ejecutivo, los pedidos de información, las investigaciones parlamentarias, la fiscalización sobre la gestión, el uso y la disposición de los bienes y recursos públicos, los informes establecidos por ley, el mensaje anual del presidente de la República y los que realice ante el Congreso y, en general, los actos y procedimientos parlamentarios cuyo mandato de control provengan de la Constitución Política del Perú, de los reglamentos de las cámaras y de las leyes especiales.
Los gobernadores regionales están obligados a concurrir a la Cámara de Diputados cuando esta lo requiera de acuerdo con la ley y el Reglamento de la Cámara de Diputados, y bajo responsabilidad.
Los actos y procedimientos de control se regulan en los reglamentos del Senado y de la Cámara de Diputados, en lo que les corresponda.

Función de representación

Los senadores y diputados representan a la nación. Este mandato comprende las acciones de intermediación e interacción con la población para conocer sus inquietudes y expectativas sobre cualquier asunto de interés público y, de ser el caso, procesarlas para su atención a través de sus funciones parlamentarias, de acuerdo con la Constitución Política del Perú, el presente reglamento y los reglamentos de cada cámara, según corresponda.

Funciones especiales

Las funciones especiales comprenden la elección, designación, ratificación y remoción de los altos funcionarios del Estado, así como la vacancia de la Presidencia de la República. Son funciones especiales designar al contralor general de la República, elegir al defensor del pueblo, así como a los miembros del Tribunal Constitucional y al Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, y ratificar al presidente del Banco Central de Reserva del Perú y al superintendente de banca, seguros y administradoras privadas de fondos de pensiones, tramitar la vacancia del presidente de la República, y la remoción por causa grave de los altos funcionarios del Estado en los casos expresamente establecidos, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, el presente reglamento y el Reglamento del Senado.

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Congreso de la República del Perú

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